SATSAID Entre Ríos

El Sindicato de las Nuevas Tecnologías


Escalas, Convenios Colectivos de Trabajo y Acuerdos Paritarios

ART: Lo que necesitas saber

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¿Qué es un accidente de trabajo?
Es un acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador o viceversa (in itinere).
Se considera accidente a todo acontecimiento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. El trabajador podrá declarar por escrito ante el empleador, y éste dentro de las 72 horas ante el asegurador, que el “itinere” se modifica por razones de estudio, concurrencia a otro empleo o atención de familiar directo enfermo y no conviviente, debiendo presentar el pertinente certificado a requerimiento del empleador dentro de los 3 días hábiles de requerido.
¿Qué es una enfermedad laboral?
Se consideran enfermedades profesionales aquellas que son producidas en el ámbito o a causa del trabajo. El sistema reconoce previamente como profesionales a una lista de enfermedades en donde además se identifica el agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades. Si se dan casos concretos que no se encuentran en este listado, de todos modos la Comisión Médica las podrá considerar.
Entonces, ss la patología adquirida por el trabajador dentro del ambiente laboral que por las características y modalidad de la tarea realizada, produce un daño psíquico y/o físico en su salud y lo incapacita para cumplir con su trabajo habitual. El PEN elaboró el listado de enfermedades profesionales y el mismo será revisado anualmente. Las enfermedades que no estén incluídas en este listado así como sus consecuencias en ningún caso serán consideradas como resarcibles. Están excluidas:
• Las enfermedades profesionales causadas por dolo del trabajador o fuerza extraña al trabajo.• Las incapacidades del trabajador preexistentes a la iniciación de la relación laboral y acreditadas en el examen preocupacional
.• Las enfermedades no incluidas en el listado como así también sus consecuencias. Por ejemplo: várices, mal de chagas.etc …
¿Cuáles son mis derechos como trabajador incluido en el Sistema de la Ley de Riesgos del Trabajo?
Entre otros:
-Recibir de su empleador capacitación e información sobre prevención de riesgos laborales.
-Comunicar a su empleador cualquier hecho de riesgo relacionado con su puesto de trabajo o establecimiento y denunciarlo ante la SRT, en caso de no ser atendido. En caso de haber sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional, recibir hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes, asistencia médica y farmacéutica, prótesis, ortopedia, rehabilitación, recalificación y en caso de fallecimiento, servicio de sepelio.
-Recibir las prestaciones dinerarias en caso de incapacidades transitorias o permanentes.
-Que se le realicen los exámenes médicos.
-Denunciar ante su empleador o aseguradora de riesgos del trabajo (ART), los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran.
Es importante cuando el trabajador sufre un accidente, comunicárnoslo a nuestra entidad gremial, ya que el asesoramiento en esta etapa es fundamental, respecto a la atención médica y sobre todo al momento de recibir el alta.

Se firmó bono de $4000 con ATVC

Estimados Compañeros:

En el día de hoy se ha refrendado en el MTSS un acuerdo con la Cámara Argentina de Televisión por Cable (ATVC), respecto al refuerzo económico para fin de año que el SATTSAID solicitó ante dicha cámara empresaria.

Por medio de dicho acuerdo suscripto por las partes, se ha establecido un refuerzo para todos los trabajadores bajo el ámbito del CCT 223/75, de pesos cuatro mil ($4.000) con carácter de no remunerativo.

Para todas las empresas de la actividad, dicho monto se abonará en dos cuotas de pesos dos mil ($2.000) cada una, y se efectivizarán conjuntamente con el pago de los salarios correspondientes a Enero y Febrero de 2016 respectivamente.

Para las empresas que integran la Red Intercable exclusivamente, dicho monto se abonará en cuatro cuotas de pesos mil ($1.000) cada una, y se efectivizarán conjuntamente con el pago de los salarios correspondientes a Enero, Febrero, Marzo y Abril de 2016 respectivamente.

Asimismo, se ha dispuesto una extensión de los plazos establecidos por el acuerdo salarial del 17 de julio de 2015, para la liquidar los incrementos allí establecidos, con carácter de no remunerativo. Por lo tanto, la liquidación de haberes continuará liquidándose como hasta el momento, hasta junio de 2016 inclusive, es decir que tales incrementos se convertirán en remunerativo a partir del 1º de julio de 2016.

Por último, cabe informar que respecto a las otras dos cámaras empresarias a las cuales se les ha formulado el mismo pedido (ATA y CAPIT), no hemos podido arribar a un acuerdo. Si bien muchas empresas integrantes de ambas cámaras han podido acordar refuerzos para fin de año a través de sus comisiones internas, a nivel cámara empresarial nos han comunicado por nota la imposibilidad de satisfacer nuestro pedido a nivel general.

Nuevo horario y programa especial

A partir del domingo 3 de enero, Imagen de Trabajo saldrá en el nuevo horario de las 13 hs.

Este primer programa del año estará dedicado exclusivamente a la Jornada de Integración para personas con capacidades diferentes y sus familias, que se realizó el pasado 11 de diciembre en el camping de Moreno.

Junto al Secretario de Acción Social del SATSAID, Aldo Bravo, el Prosecretario del área, Gabriel San Juan, y la coordinadora de discapacidad de TV Salud, Nancy Sandoval, repasaremos imágenes de las actividades que se realizaron ese día y ellos nos contarán cuál fue su balance de la jornada.

No te lo pierdas. Este domingo 3 de enero, a las 13 hs, por América 24.

Repudio a la intervención del AFSCA

El Sindicato Argentino de Televisión, Telecomunicaciones, Servicios Audiovisuales, Interactivos y de Datos expresa su más enérgico repudio a la intervención del AFSCA.

La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual es un organismo descentralizado y autárquico regido por la Ley de Medios y su sóla intervención implica la violación flagrante de dicha ley votada por el parlamento y consensuada con todas las organizaciones representativas de la comunicación audiovisual.

Si la voluntad política del gobierno que ganó democráticamente las elecciones es modificar la ley debería hacerlo a través de los mecanismos constitucionales y no con decretos de necesidad y urgencia que se parecen más a una intervención policíaca del Estado.

El SATTSAID seguirá sosteniendo la vigencia de la Ley de Medios y la democratización de la palabra como un pilar fundamental de la libertad de expresión y defenderá como lo hizo siempre los puestos de trabajo que surgieron a partir de su aplicación.

CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL
Buenos Aires, 23 de diciembre de 2015

Elección de delgados Cablevisión Paraná

La conducción del Satsaid Entre Ríos, que encabeza nuestro secretario General Adrián Peserico, quiere reconocer y destacar el acto electoral realizado el día de ayer 22 de diciembre en la  empresa Cablevisión Paraná, los trabajadores Abelardo Torres, Florentino Vera, Sebastián Suarez y Pedro Mendieta fueron electos por la lista Azul y Blanca con un 90 % del total de los trabajadores para representarlos por el periodo de mandato de dos años, desde el 27 de diciembre de 2015 al 26 de diciembre de 2017. El Satsaid Entre ríos Felicita a los compañeros delegados que contaron con el respaldo de los trabajadores que acompañaron con su voto y por ratificar a quienes continúan en el mandato y a los que se suman,  confiándoles la difícil tarea de seguir trabajando por los derechos de los  trabajadores, y con la seguridad que una Comisión Ejecutiva los estará acompañando.