BECAS ESTIMULO 2016 PARA LA FORMACIÓN EDUCATIVA

El programa de becas está destinado a colaborar desde el gremio con la formación educativa del afiliado SINDICAL y su grupo familiar directo, a través de una ayuda económica mensual durante nueve meses. El criterio con el que se otorgan estas becas es buen desempeño educativo y necesidad económica. Este año otorgamos 50 BECAS de $ 1300

REQUERIMIENTOS PARA OBTENER UNA BECA

  • La inscripción para acceder al beneficio se llevara a cabo desde el LUNES 15 DE FEBRERO al VIERNES 18 DE MARZO
  • El afiliado titular debe contar con una antigüedad mínima de un año en su afiliación sindical.
  • Debe presentar copia del boletín de notas de la Escuela primaria o secundaria, libreta terciaria o universitaria, o del certificado analítico que acrediten el buen desempeño obtenido en el año anterior. Las copias deben contar con la firma y sello de una autoridad educativa que acredite su condición de copia del original.
  • Para la obtención de esta beca puede presentarse EL AFILIADO TITULAR, SU CONYUGE, O SUS HIJOS. Si se trata de miembros del grupo familiar, es necesario presentar, fotocopia de libreta de casamiento o certificado de nacimiento que constate el vínculo. Una vez elegidos los beneficiarios, el monto se enviara a la seccional, que esta se encargara de hacer llegar al becado.
  • Se deberá acompañar con recibos de sueldo del afilado titular a fin de analizar la necesidad económica que justifica la solicitud de la beca.
  • La familia que haya obtenido una beca durante el año anterior, no tendrá impedimento alguno para presentarse en este año, si cumple con los requisitos anunciados, a fin de competir con otros postulantes.
  • POR CUALQUIER DUDA CONSULTE A SU DELEGADO GREMIAL, O EN NUESTRA SECCIONAL A LOS TEL. 0343-4311671/4233460- EMAIL: hsuarez@entrerios.satv.org.ar, miriam_larrayoz@hotmail.com

 

Lo que se viene en Cultura del SATSAID

A cargo del compañero Pablo Storino, la Secretaria de Cultura del SATTSAID ha tenido un balance 2015 más que positivo. A lo largo del pasado año se realizaron una gran cantidad de acciones que dan cuenta de la importancia que le otorga el gremio a las actividades que junto con lo laboral también forman parte de la vida cotidiana de nuestros afiliados.

“Para el 2016 ya hay varias cosas confirmadas y otras por confirmarse -relató Storino- en lo inmediato, desde el 15 de febrero hasta mediados de marzo se estarán recibiendo -en todas las seccionales del país- las postulaciones a las Becas Estímulo a la Formación Educativa que se otorgan todos los años y que tienen por finalidad colaborar con la economía de los trabajadores.

Pueden presentarse tanto los afiliados que estén estudiando como aquellos que tengan hijos en cualquier nivel de la escolaridad y que consideren necesaria la ayuda. El número de becas continuara siendo de 50 para todo el país y el monto asciende a los $1300 mensuales durante el período escolar completo. La documentación requerida se estará comunicando en los próximos días.”

También se suman entre los proyectos para este año la realización de una nueva edición de los Premios Estímulo a las Artes y los Deportes, el concurso de Fotografía, una muestra itinerante de las fotos ganadoras del 2015, un Premio para las Artes Plásticas y una competencia de VideoMinuto, formato instalado internacionalmente, con la temática de Derechos Humanos.

Eventos más que interesantes que dan cuenta del reconocimiento, el incentivo y la inclusión de nuestros afiliados y sus familias en el marco de la Cultura del SATTSAID.

ART: Lo que necesitas saber

image

¿Qué es un accidente de trabajo?
Es un acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador o viceversa (in itinere).
Se considera accidente a todo acontecimiento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo. El trabajador podrá declarar por escrito ante el empleador, y éste dentro de las 72 horas ante el asegurador, que el “itinere” se modifica por razones de estudio, concurrencia a otro empleo o atención de familiar directo enfermo y no conviviente, debiendo presentar el pertinente certificado a requerimiento del empleador dentro de los 3 días hábiles de requerido.
¿Qué es una enfermedad laboral?
Se consideran enfermedades profesionales aquellas que son producidas en el ámbito o a causa del trabajo. El sistema reconoce previamente como profesionales a una lista de enfermedades en donde además se identifica el agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades. Si se dan casos concretos que no se encuentran en este listado, de todos modos la Comisión Médica las podrá considerar.
Entonces, ss la patología adquirida por el trabajador dentro del ambiente laboral que por las características y modalidad de la tarea realizada, produce un daño psíquico y/o físico en su salud y lo incapacita para cumplir con su trabajo habitual. El PEN elaboró el listado de enfermedades profesionales y el mismo será revisado anualmente. Las enfermedades que no estén incluídas en este listado así como sus consecuencias en ningún caso serán consideradas como resarcibles. Están excluidas:
• Las enfermedades profesionales causadas por dolo del trabajador o fuerza extraña al trabajo.• Las incapacidades del trabajador preexistentes a la iniciación de la relación laboral y acreditadas en el examen preocupacional
.• Las enfermedades no incluidas en el listado como así también sus consecuencias. Por ejemplo: várices, mal de chagas.etc …
¿Cuáles son mis derechos como trabajador incluido en el Sistema de la Ley de Riesgos del Trabajo?
Entre otros:
-Recibir de su empleador capacitación e información sobre prevención de riesgos laborales.
-Comunicar a su empleador cualquier hecho de riesgo relacionado con su puesto de trabajo o establecimiento y denunciarlo ante la SRT, en caso de no ser atendido. En caso de haber sufrido un accidente de trabajo o enfermedad profesional, recibir hasta su curación completa o mientras subsistan los síntomas incapacitantes, asistencia médica y farmacéutica, prótesis, ortopedia, rehabilitación, recalificación y en caso de fallecimiento, servicio de sepelio.
-Recibir las prestaciones dinerarias en caso de incapacidades transitorias o permanentes.
-Que se le realicen los exámenes médicos.
-Denunciar ante su empleador o aseguradora de riesgos del trabajo (ART), los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que ocurran.
Es importante cuando el trabajador sufre un accidente, comunicárnoslo a nuestra entidad gremial, ya que el asesoramiento en esta etapa es fundamental, respecto a la atención médica y sobre todo al momento de recibir el alta.

ATVC Acta Complementaria 28-12-2015‏

Descargar (PDF, 1.95MB)

 

Estimados Compañeros:
En el día de hoy se ha refrendado en el MTSS un acuerdo con la Cámara Argentina de Televisión por Cable (ATVC), respecto al refuerzo económico para fin de año que el SATTSAID solicitó ante dicha cámara empresaria.

Por medio de dicho acuerdo suscripto por las partes, se ha establecido un refuerzo para todos los trabajadores bajo el ámbito del CCT 223/75, de pesos cuatro mil ($4.000) con carácter de no remunerativo.

Para todas las empresas de la actividad, dicho monto se abonará en dos cuotas de pesos dos mil ($2.000) cada una, y se efectivizarán conjuntamente con el pago de los salarios correspondientes a Enero y Febrero de 2016 respectivamente.

Para las empresas que integran la Red Intercable exclusivamente, dicho monto se abonará en cuatro cuotas de pesos mil ($1.000) cada una, y se efectivizarán conjuntamente con el pago de los salarios correspondientes a Enero, Febrero, Marzo y Abril de 2016 respectivamente.

Asimismo, se ha dispuesto una extensión de los plazos establecidos por el acuerdo salarial del 17 de julio de 2015, para la liquidar los incrementos allí establecidos, con carácter de no remunerativo. Por lo tanto, la liquidación de haberes continuará liquidándose como hasta el momento, hasta junio de 2016 inclusive, es decir que tales incrementos se convertirán en remunerativo a partir del 1º de julio de 2016.

Por último, cabe informar que respecto a las otras dos cámaras empresarias a las cuales se les ha formulado el mismo pedido (ATA y CAPIT), no hemos podido arribar a un acuerdo. Si bien muchas empresas integrantes de ambas cámaras han podido acordar refuerzos para fin de año a través de sus comisiones internas, a nivel cámara empresarial nos han comunicado por nota la imposibilidad de satisfacer nuestro pedido a nivel general.

CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL
SATTSAID