Inspección Laboral en Canal 9 Litoral

Las imágenes hablan por sí solas como si se tratara de una serie televisiva con un alto puntaje de ¨Ratings¨, nuevamente tiene su estreno en la pantalla chica de Canal 9 Litoral como lo hace todos los años.

Pia S.A Canal 9 litoral se maneja hace muchos años desde el área de Recursos Humanos estando al frente de esta función una sola persona, quien por años ha manejado los tiempos y los derechos de los trabajadores a su antojo, logrando de esta manera un mal clima de convivencia y hartazgo en ciertas áreas del canal, cabe recordar que esta persona  asumió varios compromisos que nunca se cumplieron.

La Empresa, a través de esta Psicóloga conoce muy bien el CCT 131/75 de punta a punta y cada artículo que rige para la actividad manejándolo a su gusto, por lo tanto un trabajador camarógrafo de piso, no es lo mismo que un camarógrafo de exteriores, un trabajador del área comercial no es lo mismo que un asistente administrativo y las horas que se realizan fuera de la jornada de trabajo son horas extras, esta empresa por años no ha querido reconocer algunos artículos del CCT y el pago de hora extras en algunas aéreas de la empresa. Aún así la empresa siguió creciendo a tal punto que hoy  cuenta con una Página Digital y en la misma brinda un canal de televisión interno.

La Gerencia de la Empresa, debería encuadrar dentro de la actividad “Televisión” a todos los trabajadores sea de datos y/o televisión; bien sabemos que muchos de los compañeros relevados con el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Entre Ríos el pasado viernes 4 de marzo, no están en “Televisión” y no son reconocidos como trabajadores profesionales de la actividad.

La inspección llevada a cabo en esta empresa no es casual, ya que en la misma hemos encontrado una serie de irregularidades laborales y de Higiene y Seguridad: la parte edilicia, salidas de emergencias, sistema ignifugo, falta de elementos de seguridad y protección personal de los trabajadores, como son los zapatos dieléctrico y la indumentaria para toda la población laboral, también podemos decir que esta empresa a tercerizado el trabajo de torre antena con la que cuenta en  innumerables localidades de la provincia y parte del país , dicha  función se encuentra en nuestro convenio 131/75, son funciones específicas que realizan los operarios de planta permanente y la empresa por negarse a cumplir con estos artículos de convenio terceriza esta función.

Por todos esto y por innumerables incumplimientos más, la empresa nos ha llevado en el tiempo, nos vemos en la obligación de hacer cumplir con nuestra herramienta laboral, que es el CCT 131/75, acompañados por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Entre Ríos hemos realizado este relevamientos en el cual revisaremos exhaustivamente caso por caso y se lo presentaremos a la empresa, siempre en la búsqueda de conquistar nuestros derechos laborales y principalmente resguardar la integridad física de nuestros Compañeros.